Con el DNU sobre servicios esenciales, casi ningún rubro laboral puede realizar un paro, dijo la abogada laboralista local, Cristina Azocar.
La letrada explicó que muchas son actividades que no debería obligarse a prestar servicios mínimos en el caso de una protesta.
Azócar dijo que se trata de una medida inconstitucional y señaló que hay convenios internacionales que garantizan el derecho de huelga.
La abogada consideró que será necesaria una nueva presentación judicial.